En los últimos años, cada vez más empresas valoran formar a sus empleados de manera remota. Aquí surge la duda de si estas formaciones también pueden ser bonificadas y si, por lo tanto, las firmas para su control de asistencia son legalmente válidas. Para que no te queden dudas al respecto, aquí te traemos los métodos de firma digital que puedes contemplar para esta modalidad de formación.
La formación telemática en España, una opción que es tendencia
Datos de FUNDAE desvelaron que en 2021 más de 4.8 millones de trabajadores participaron en acciones de formación programadas, un 25% más que en 2020, un año marcado por el parón de la pandemia.
De estos, el 59.9% lo hizo en la modalidad presencial, el 39% telemáticamente y el 1.1% en modalidad mixta. Además, fueron 322.000 las empresas que las organizaron, 23.000 más que en 2020. En total, casi un 20% de las empresas ofrecen formación programada.
Aunque aún no disponemos de datos de 2022, se espera que estas cifras sigan en esta tendencia creciente y la formación telemática seguirá siendo muy bien valorada por los organizadores.
¿Qué dice la ley? ¿Es igual de válida la firma digital en formaciones telemáticas?
La identificación mediante firma en las formaciones profesionales experimentó un giro de 180 grados como consecuencia de la pandemia de la COVID-19. En abril de 2020, y como medida para asegurar el mantenimiento de la distancia social, se publicó por parte del SEPE una Resolución que recogía aspectos tan relevantes como:
“Con el fin de facilitar la impartición de las acciones formativas en modalidad
presencial, o la parte presencial de la modalidad mixta o de teleformación, la parte
presencial que, en su caso, la acción formativa precise se podrá impartir en su totalidad
mediante «aula virtual», considerándose en todo caso como formación presencial”
Es decir, se puede realizar mediante teleformación acciones formativas planteadas inicialmente como presenciales, sin que ello suponga que pierdan validez.
En lo que a la recogida de firmas para el control de asistencia en estas formaciones, la Resolución concluye que:
“[…] se permite la firma electrónica de las personas responsables de formación, personas formadoras y alumnado mediante captura de firma digitalizada o con datos biométricos en cualquiera de los documentos que precisen de su firma, que tendrá que estar asociada al correspondiente N.I.F. o N.I.E.”
“El sistema de captura de firma digitalizada deberá garantizar en todo caso la autenticidad de los datos correspondientes a la misma.”
“Se permitirá el uso de medios electrónicos para garantizar la asistencia de las personas participantes siempre que quede debidamente constatada la identidad de las personas firmantes y reúna los requisitos de seguridad jurídica.”
De esta manera, se abrieron las puertas a la firma digital para las acciones formativas en remoto y presenciales, siendo estas válidas para la concesión de las bonificaciones que otorga FUNDAE a las mismas. Algo que hasta entonces debía realizarse en papel, con las incomodidades que esto traía.
Cómo controlar la asistencia en formaciones telemáticas
Contar con un documento grupal con los listados de asistencia de cada sesión formativa es imprescindible para optar a las ayudas de FUNDAE. En él debe aparecer información como los datos identificativos de la formación, la lista de los alumnos con sus datos identificativos, sus firmas y la firma del formador o responsable de formación.
Para las formaciones en remoto, conseguir esta captura de firmas es posible si optamos por algunas de las vías que os describimos a continuación y con las que cuenta nuestra solución para grandes empresas SoWeSign Corporate.
Una de las formas más empleadas es a través de un correo electrónico que se envía al alumno. En él, éste encontrará un botón o enlace que le llevará a la aplicación de firma, donde podrá realizar su rúbrica y validarla.
Al igual que ocurre con el email, el alumno también puede recibir directamente una URL para acceder a la interfaz de firma o hacerlo escaneando con su dispositivo móvil un código QR determinado.
Todas estos métodos de firma para formaciones telemáticas son igual de válidos, así como pensados para que el usuario pueda hacerlo sin apenas complicaciones, siendo un proceso de lo más intuitivo.
Así, desde SoWeSign nos adaptamos perfectamente a la normativa española en lo que a formación a distancia en empresas se refiere, cumpliendo todos los requisitos que exige FUNDAE para conceder sus bonificaciones.
Si estás interesado en saber más sobre el funcionamiento de nuestra solución, tienes a tu alcance la posibilidad de disfrutar de una demo. Y, si tienes más preguntas al respecto, estaremos encantados de atenderlas, solamente tienes que contactar con nuestro equipo cuando desees. ¿Estás listo para dar el paso?